Es increible que de repente se nos olvide cual es la esencia del negocio de las franquicias; y en este momento es el caso de las Marcas.Se nos olvida que el registro marcario es lo que le da oportunidad a un concepto de negocio para convertirse en franquicia; y no lo digo yo, lo dice la ley.
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El artículo 142 de la Ley de Propiedad Industrial dice textualmente que “existirá Franquicia cuando con la licencia de uso de una Marca, otorgada por escrito, se transmitan conocimientos técnicos o se proporcione Asistencia Técnica…”
La Marca, la trasmisión de conocimientos y proporcionar asistencia técnica son tres elementos específicos y precisos que sin alguno de ellos simplemente deja de existir el modelo de franquicia, y la base de ellos es la Marca (como lo dice la ley); pudiendo ser cualquier estrategia de crecimiento y expansión pero NUNCA una franquicia.
Y digo esto solamente con el afán de que los franquiciantes tengan cuidado de mantener adecuadamente registrada su Marca, o varias de ellas, que caracterizan y distinguen su modelo de negocio.
De acuerdo a la misma ley, Marca es el signo que distingue a un producto o servicio de otros de su misma especie.
Una Marca frecuentemente tiene las connotaciones de la 'promesa' del producto, el punto de diferenciación (calidad o precio, por ejemplo) del producto o servicio respecto a sus competidores que la hace especial y única
Son Marcas:
I. Las denominaciones y figuras visibles, suficientemente distintivas, susceptibles de identificar los productos o servicios a los que se apliquen o traten de aplicarse, frente a los de su misma especie o clase
II. Las formas tridimensionales
III. Los nombres comerciales y denominaciones o razones sociales
IV. El nombre propio de una persona física.
Y dentro de esta clasificación, existen Tipos de Marcas que es bueno saber:
* Marcas nominativas: el signo o vocablo como suena:
* Marcas figurativas: En donde no hay contenido fonético, solo imagen:
* Marcas tridimensionales: Donde su sólo aspecto distingue al producto:
* Marcas mixtas: La combinación de dos o más de las anteriores.

* Avisos comerciales: Son las frases u oraciones que tienen por objeto anunciar al público: productos o servicios; establecimientos o negocios comerciales, industriales o de servicios, para distinguirlos de los de su especie.
CARACTERÍSTICAS DE LAS MARCAS:
• Que sea distinta de las marcas competidoras. La mejor manera de posicionarse en la mente del consumidor es diferenciándose al máximo de los productos competidores.
• Una Marca debe ser Traducible. Por lo que se sugiere elegir nombres genéricos para sus Marcas, y que los nombres seleccionados sean tan universales que no exista asociación al país de origen.
REGISTRO MARCARIO:
• El derecho exclusivo para usar cualquiera de los tipos de Marca se obtiene mediante el registro de la misma a nombre de su titular.
• Las Marcas se registran en relación con la producción o prestación de servicios determinados según la clasificación establecida por la legislación correspondiente en cada país.
• En cada país la ley establece una vigencia determinada para el registro de una Marca; en México el derecho de uso exclusivo es de diez años contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud.
• Los derechos de una Marca confieren a su titular la posibilidad de transmitirla a terceros, o licenciarla (como se da en el caso de las franquicias) contractualmente en los términos que establezca la legislación correspondiente.
• La renovación deberá solicitarse por el titular dentro de los seis meses anteriores al vencimiento de su vigencia, o bien, dentro de un plazo de seis meses posteriores; vencido este plazo, el registro caducará.
• La renovación sólo procederá si el interesado presenta comprobante de pago y manifiesta usar la marca y no haber interrumpido dicho uso.
OBJETIVOS DE LA PROTECCIÓN MARCARIA:
• Facultar al titular el uso exclusivo del signo distintivo, y reservarse el derecho para ejercitar acciones legales, y en consecuencia;
• Otorgar seguridad jurídica al titular del registro, permitiéndole acreditar la Marca como sinónimo de su prestigio, calidad y servicio;
• Evitar que un tercero invada sus derechos;
• Aplicar acción legal cuando un tercero utilice el signo distintivo, o uno semejante en grado de confusión, de buena o mala fe;
• Prerrequisito esencial para el otorgamiento y existencia de una franquicia;
• Otorgar seguridad jurídica a los franquiciatarios, garantizando a los mismos el uso pacífico de las Marcas del sistema de franquicia en el cual invirtieron.
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